Fracción II Art 81


Adicionalmente a la información contenida en los Capítulos I, II y III del presente Título, los entes públicos deberán informar, difundir y actualizar de oficio en su página de Internet la siguiente información:

Las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable

Los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de todos los entes públicos que conforman el ámbito de gobierno que corresponda, así como a los órganos o instancias de transparencia competentes

Las iniciativas de ley de ingresos, el proyecto de presupuesto de egresos

Los calendarios de ingresos, así como los calendarios de presupuesto de egresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el Consejo

El programa anual de evaluaciones, así como las metodologías e indicadores de desempeño

Actualización 31/10/2022
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